Implementación de medidas restrictivas en General Conesa

El Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro dispuso la implementación de medidas restrictivas hasta el día 01 de septiembre del corriente año.

IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS RESTRICTIVAS

Queridos vecinos y vecinas de General Conesa:

Son momentos duros para gran parte de la comunidad. Sabemos que la pandemia de covid 19 nos golpeó con fuerza y que se requirieron medidas firmes que afectan nuestras rutinas y actividades laborales.

Mejor que nadie, estamos en conocimiento de las consecuencias y el esfuerzo que implican las restricciones de circulación dispuestas en este contexto, así como de la solidaridad de este generoso pueblo para asistir a quienes lo necesitan. Pero también sabemos que la salud y la vida de nuestra comunidad -de cualquiera de nuestros vecinos y vecinas- vale más que cualquier otra cosa material; sabemos que el personal de salud está haciendo un esfuerzo gigante para atender a todos los casos; sabemos del dolor que están atravesando quienes perdieron a sus seres queridos y de la incertidumbre de quienes están enfermos o tienen a sus familiares y amigos aislados…

Por eso, apelamos a la responsabilidad y solidaridad , de todos. Las decisiones que se toman para preservar la salud y la vida nunca buscan perjudicar a la comunidad. Antes de marchar por la reactivación de las actividades en nuestra ciudad, pensemos un momento en todas las personas enfermas, en los/as trabajadores/as de la salud y seguridad, en quienes ya no están entre nosotros, en sus familias, en nuestros seres queridos, especialmente los adultos mayores (que son población de riesgo)…

Nuestra localidad no vive una situación excepcional: estamos ante una pandemia que pone en crisis la salud y la economía en todo el mundo. Ante esto, nuestro compromiso será siempre con la preservación de la salud y de la vida. Esperamos la comprensión y acompañamiento de nuestra comunidad en la prevención y el respeto de las normas que se disponen con este objetivo. Evitemos seguir propagando la enfermedad y exponernos a ella. No desperdiciemos tanto esfuerzo y sacrificio realizado hasta ahora.

El Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro dispuso la implementación de MEDIDAS RESTRICTIVAS hasta el día 01 de septiembre del corriente año. Con algunas modificaciones respecto de los trabajadores de aserraderos, estación transformadora, extensión de horario de reparto de alimentos y elementos esenciales y actividad bancaria. Extendiéndose el horario comercial hasta las 17 hs.

Mediante Resolución Nro 4977/2020 del Ministerio de Salud de la Provincia de Río Negro se dispone la implementación de MEDIDAS RESTRICTIVAS en el Departamento Conesa a partir de las 00:00hs del día miércoles 26 de agosto hasta las 24:00hs del día 01 de septiembre, por razones epidemiológicas y sanitarias.

Regirán las siguientes medidas:

* Se restringe el ingreso y egreso a la localidad de toda persona excepto:

_ personal de seguridad, de salud, bomberos voluntarios, Splif, servicios esenciales municipales y comercios establecidos a la vera de la ruta nacional 251, incluido personal de TGS, quienes deberán presentar plantilla con listado de trabajadores.

_Trabajadores afectados a la cadena de producción de cebolla exclusivamente.

_ Actividad bancaria con atención al público mediante sistema de turnos.

_ Aserraderos y personal afectado a la actividad.

_ Personal afectado a la obra de Estación Transformadora que deberán presentar listado de trabajadores para autorizar el traslado.

* Las personas domiciliadas en la zona rural sólo podrán ingresar de Lunes a Sábados de 09:00 a 17:00hs y por un lapso de 3 horas. Deberán circular por terminación del nro de DNI, los días Lunes, Miércoles y Viernes aquellas personas cuya terminación del DNI sea IMPAR. Los días Martes, Jueves y Sábados los DNI con terminaciones PARES.

* Las personas que deban salir a la zona rural sólo podrán trasladarse los días Lunes y los días Viernes entre las 08:00 y las 20:00hs.

* Se habilita reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, limpieza y otros sumos de necesidad, en el horario de 09:00 a 20:00 hs.

* Los ciudadanos del departamento Conesa deberán trasladarse lo mínimo e indispensable para aprovisionamiento de alimentos y productos de primera necesidad en el horario de 09:00 a 17:00 hs.

* Solo podrá trasladarse UNA persona por grupo familiar.

* Los comercios de abastecimiento esenciales sólo podrán abrir de Lunes a Sábados de 09:00 a 17:00hs.

* Quedan excluidos de la prohibición de circulación el personal de comunicación.

* Domingos cierre total de comercios y no podrá existir circulación de vehículos ni de personas.

* Dentro del horario establecido sólo podrán circular los días Lunes, Miércoles y Viernes aquellos ciudadanos cuyo DNI finalice en número IMPAR.

Martes, Jueves y Sábados aquellos ciudadanos cuyo DNI finalice en nro. PAR.

* Sólo podrá trasladarse UNA persona por vehículo, que deberá estar excluida de los grupos y factores de riesgo de COVID 19.

* No se permitirá la circulación con menores de edad, salvo por razones de emergencia sanitaria.

* Quedan excluidos de la prohibición de circulación de vehículos aquellos que prestan servicios esenciales, o personas de seguridad, salud, bomberos voluntarios o Splif.

* Se dispone el cierre de todos lo espacios públicos, parques, plazas, predios deportivos y recreativos.

* Ante el incumplimiento por parte de los comercios de los horarios establecidos serán sancionados con la clausura de los mismos.

* Queda prohibida la circulación interna en el ejido urbano de camiones de abastecimiento de mercaderías, los casos excepcionales serán recepcionados por personal municipal en áreas de control, donde se desinfectará y se efectuará trasbordo de las mercancías.

* El traslado de los comerciantes hacia el área de trasbordo se realizará con permiso especial, otorgado por autoridad municipal, en la franja horaria de 09:00 a 17:00hs.

* Queda prohibida toda actividad que no cuadre dentro de las actividades permitidas expresamente por la presente resolución.

* Deberán cumplirse todos los protocolos sanitarios específicos de cada actividad.

* Se debe dar estricto cumplimiento a las reglas de conducta general a saber:

_ mantener distancia de 2 metros entre personas.

_ uso obligatorio de tapabocas en lugares de uso compartido.

_ higienizarse las manos frecuentemente.

_ toser en el pliegue del codo.

_ desinfectar superficies.

_ ventilar ambientes.

Fuente: Prensa Municipalidad de General Conesa