El Instituto Nacional de Semillas (INASE) publicó la Resolución 484/2025, que establece un nuevo marco de regularización para todas las personas y empresas que trabajan con la especie Cannabis sativa L. en el país.
A partir de ahora, quienes cultiven, mejoren genéticamente, multipliquen o comercialicen semillas y material de propagación deberán acreditar una licencia emitida por la ARICCAME, la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal.
La medida, firmada el 31 de octubre de 2025, busca alinear el registro y la fiscalización del sector con las obligaciones establecidas por la Ley 27.669, el marco regulatorio que dio forma definitiva al desarrollo del cannabis medicinal y el cáñamo industrial en la Argentina.
Regularización y nuevo plazo para operadores vigentes
Según la Resolución 484/2025, los operadores que ya se encontraban inscriptos en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS), y cuya vigencia había sido prorrogada por resoluciones previas (300/2025 y 374/2025), disponen ahora de un plazo único e improrrogable de 30 días corridos para abonar la anualidad correspondiente y regularizar su situación.
Según trascendió, el objetivo es evitar que proyectos activos queden fuera del sistema y, al mismo tiempo, garantizar una transición ordenada hacia el nuevo esquema legal, en el cual la ARICCAME se consolida como la autoridad nacional en materia de licencias.
Los operadores que ya presentaron la licencia emitida por dicha agencia, en el marco de la Resolución ARICCAME 1/2024, quedan automáticamente habilitados para retomar sus actividades hasta el vencimiento de la próxima anualidad.
Nuevo requisito obligatorio: la licencia de ARICCAME
A partir de ahora, tanto los nuevos operadores que deseen inscribirse en el RNCyFS como quienes deban renovar su registro para el período 2026/2027 deberán acreditar obligatoriamente una licencia o autorización otorgada por ARICCAME.
Esa licencia determinará el alcance de las actividades permitidas: desde la producción y mejora genética hasta la multiplicación, el cultivo y la comercialización de semillas. En los hechos, el INASE deja de otorgar habilitaciones propias para cannabis sin esa licencia previa, alineando su accionar con la ley madre del sector.
Esta exigencia también aplica a los proyectos de investigación autorizados por el Ministerio de Salud de la Nación. Aquellos que funcionen bajo el régimen del Decreto 405/2023, que simplificó la transición desde la Ley 27.350, deberán acreditar haber cumplido la adecuación dispuesta allí antes de renovar o tramitar su inscripción en el registro del INASE.
Con esta nueva resolución, ambos organismos coordinan finalmente su accionar: el INASE seguirá administrando el registro de operadores, pero solo podrán mantenerse activos quienes cuenten con licencia de ARICCAME, que certifica el cumplimiento de estándares de seguridad, trazabilidad y calidad.
Al mismo tiempo, meses atrás el último interventor de ARICCAME, Ignacio Ferrari, declaró en un comunicado que no es jurídicamente exigible contar con una licencia previa de ARICCAME para inscribirse o renovar en cualquiera de las categorías del RNCyFS.
Un sector en expansión y proceso de formalización
Desde la primera resolución conjunta entre el Ministerio de Salud y el INASE en 2021, el número de operadores registrados creció de manera sostenida. Actualmente existen decenas de criaderos, viveros y laboratorios genéticos trabajando con cannabis en distintas provincias.
La Categoría A – Criadero, una de las más activas, permite el fitomejoramiento y desarrollo de nuevas variedades, lo que resulta clave para generar cultivares adaptados a distintos climas y fines terapéuticos o industriales.
No obstante, el crecimiento del sector también planteó desafíos regulatorios. Hasta 2025, muchas empresas operaban bajo autorizaciones transitorias mientras esperaban la emisión de licencias definitivas. La Resolución 484/2025 busca cerrar esa etapa y consolidar un marco de cumplimiento obligatorio y transparente.
El INASE destacó en sus considerandos que el nuevo esquema pretende no comprometer el desarrollo de los operadores vigentes, sino acompañar la adecuación normativa al régimen industrial previsto por la Ley 27.669.
Impacto para investigadores y pymes cannábicas
La regularización implica una serie de pasos administrativos que impactarán tanto en emprendimientos científicos como en pequeñas empresas dedicadas al cultivo o la genética.
Para quienes ya están registrados, la clave será renovar la anualidad dentro de los 30 días posteriores a la publicación en el Boletín Oficial y presentar la licencia de ARICCAME. Los que no cumplan podrían ver interrumpidas sus actividades hasta completar la documentación.
En el caso de las universidades, cooperativas o instituciones públicas que operan bajo la Ley 27.350, deberán acreditar su adecuación al Decreto 405/2023, lo que asegura que la investigación se realice dentro del marco productivo y sanitario previsto por las nuevas normas.
Sin embargo, detrás de la resolución también se esconde una tensión creciente entre el INASE y la Red de Criadores Nacionales (RCN), que desde marzo de este año denuncia el bloqueo del sistema de registros que impide renovar permisos e inscribir nuevas variedades de cannabis.
Según la RCN, este freno administrativo paralizó la actividad de cientos de criadores y viveros que trabajaban dentro del marco legal, dejándolos en una situación de incertidumbre jurídica. El registro de semillas del INASE no solo certifica la calidad y el origen de las genéticas, sino que también habilita su venta legal. Sin ese registro, las semillas quedan fuera del circuito formal, y tanto quienes las producen como quienes las utilizan podrían quedar expuestos a sanciones penales.
El conflicto se agravó cuando el Ministerio de Salud, mediante la Resolución 1780/2025, reafirmó la obligación de usar semillas registradas y trazables en los cultivos medicinales. Así, los criadores se encontraron en una paradoja: la ley exige usar genéticas registradas, pero el organismo encargado de registrarlas tiene suspendido el sistema.
Fuente: Revista THC



