En el marco del Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario decretado en Río Negro por heladas primaverales tardías, tormentas de granizo y lluvias, la Agencia de Recaudación Tributaria estableció exenciones impositivas para este 2026 destinadas a productores de actividades de los departamentos de General Roca, Avellaneda, Adolfo Alsina y El Cuy.
El beneficio alcanza a las cuotas 1 a 12 del año 2026 del Impuesto Inmobiliario correspondiente a inmuebles rurales y subrurales, y al Impuesto a los Automotores afectados a la actividad productiva. La exención será del 100% para los productores declarados en Desastre Agropecuario y del 50% para aquellos incluidos en el Estado de Emergencia Agropecuaria.
Para acceder al beneficio, los productores deberán encontrarse inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con las declaraciones juradas al día y contar con RENSPA vigente. La solicitud debe realizarse en las oficinas de la Agencia de Recaudación Tributaria o a través de la Oficina Virtual, ingresando con clave fiscal ARCA y adjuntando la documentación correspondiente.
Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo confeccionará el listado de los contribuyentes pasibles de acceder al beneficio y lo informará a la Agencia de Recaudación Tributaria, a fin de que, al momento de la presentación de la documentación por parte del productor, se pueda corroborar la validez de la misma.
Con esta medida, la Provincia acompaña al sector productivo, brindando alivio fiscal y fortaleciendo la continuidad de la actividad económica regional.
Fuente: Prensa Gobierno de Río Negro



