El “Operativo Cerrojo” municipal, refuerza el control de ingreso y egreso SAO – LAS GRUTAS – SAE

A Partir de la confirmación provincial de circulación de COVID 19 se anuncian nuevas medidas dispuestas por el comité de crisis del ejido San Antonio

– PODRÁN INGRESAR –

* Proveedores/Transportistas de alimentos RESIDENTES, dentro de las inmediaciones para abastecer a las poblaciones del ejido municipal. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previo a la entrega en comercios. (Entiéndase: carnes y pescado – frutas y verduras Alimentos no perecederos – Panificación – Bebidas) (Exceptuado DNU297/2020)

* Servicio de Caudales. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previo a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)

* Servicio de Correo Postal. Sometiéndose a la desinfección vehicular previa a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)

* Servicio de Distribución de Medicamentos. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa a la entrega. (Exceptuado DNU297/2020)

* Transporte de Carga de combustibles. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa. (Exceptuado DNU297/2020)

* Transporte de Carga de la empresa ALPAT S.A. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa. (Exceptuado DNU297/2020)

* Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, bomberos, Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales, Personal de los servicios de justicia de turno; y trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa

DEBERÁN PRESENTAR EL CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE PARA LA CIRCULACION – CUHC- SIN EXCEPCIÓN

* Particulares residentes en el ejido que provengan de otras ciudades. Sometiéndose a la revisión febril, desinfección vehicular, con notificación a Salud Pública para la realización de Cuarentena Sanitaria Obligatoria.

* Particulares y vehículos de alquiler que requieran recarga de GNC. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa

* Particulares residentes con documentación que acredite actividad agropecuaria en el ejido (campos cercanos) RESPA ó RESNA OBLGATORIO. Sometiéndose a la revisión febril, y desinfección vehicular previa.

* Proveedores/Transportistas de FRUTAS Y VERDURAS, radicados en otras localidades podrán arribar los días MARTES, JUEVES y SÁBADOS. Se coordinará la descarga de mercadería con comerciante local previa desinfección vehicular, sólo en horario de 08:00 a 13:00 horas. Contará con supervisión de la Subsecretaria de Comercio. El chofer no podrá descender del vehículo en ninguna circunstancia, y deberá retirarse tras la descarga.

– NO PODRÁN INGRESAR –

* Proveedores/Transportistas de distintos rubros comerciales exceptuados, radicados en otras localidades. Se coordinará trasbordo de mercadería con comerciante local en predio dispuesto, previa desinfección vehicular, sólo en horario de 08:00 a 15:00 horas.

* Particulares no residentes en el ejido.

** Ante casos particulares de atención a familiares adultos mayores, deberán contactar a la Red Solidaria Municipal (02920- 476321), que realizará la asistencia, pero No podrán ingresar a las ciudades.

-CIRCULACIÓN VEHICULAR –

MEDIDAS VIGENTES PARA ACCESOS Y PLANTAS URBANAS

* Se restringe la circulación de personas en vehículos particulares a dos (2) persona.

* Se restringe la circulación de personas en vehículos de alquiler – TAXIS- a dos (2) pasajeros.

**En caso de que se transporte a niño/a o adultos mayores, deberá justificarse razón de atención médica y/o causa de fuerza mayor.

Fuente: Prensa Municipalidad de San Antonio Oeste