Cervantes.-Se recuerda que desde el pasado lunes 13 de abril se encuentra vigente la resolución municipal 036/2020, en la que adhirió al decreto provincial 323/20, en el que se dispone por razones sanitarias y preventivas, que todos los establecimiento comerciales comprendidos en las excepciones del articulo 6 del decreto Nº 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y normas complementarias en forma transitoria y hasta nuevo aviso deberán cumplir con un horario de atención al público desde las nueve (09) y hasta las diecinueve (19) horas, con las siguientes características:

A) Evitar la concentración de clientes.
B) Disponer de materiales de prevención y elementos sanitizantes para los clientes.
C) Respetar el distanciamiento social obligatorio de al menos un metro y medio (1.5m) entre cada una de las personas.
Los días domingos los locales comerciales deberán permanecer cerrados debiendo proceder en dicha jornada a realizar una limpieza y desinfección integral del local y abastecimiento de los mismos. Agregando que dicha limpieza de los locales es una tarea que indefectiblemente debe realizarse a diario.
Exceptuase a comercios de expendio de combustibles, y a las farmacias que deberán asistir solo emergencias a través de los diagramas de turnos establecidos. Estos comercios deberán a diario realizar una limpieza y desinfección integral de sus locales a fines de mantener las condiciones sanitarias optimas de atención al público.
Evite Multas y clausuras.
Fuente: Prensa Municipalidad de Cervantes



