De acuerdo a las disposiciones del Decreto Provincial N° 365/2020, el ejecutivo municipal mediante el Decreto Municipal N° 492/20 con las particularidades que a continuación se detallaran en los artículos precedentes.

Los comercios de productos no esenciales, enmarcados en las resoluciones N° 25/2020 y Nº 26/2020, de la Subsecretaria de Control Comercial, que se dedicaban a la modalidad Delivery, podrán abrir sus puertas para la atención al público los días martes, jueves y sábados, en horario de 9:00 a 13:00 hs..
Estas actividades quedan autorizadas para funcionar sujetas al cumplimiento de los protocolos sanitarios que el Municipio de San Antonio establece, con hasta 3 personas por establecimiento, y manteniendo la distancia de 2 metros entre cada cliente, y de reorganización de turnos y modos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio.
Los días que no realizan atención al público, pueden continuar con la modalidad de servicio puerta a puerta exceptuando los días domingos que no se habilita deliverys, sólo puede abrir el comercio de cercanía de alimentos no elaborados.
Fuente: Prensa Municipalidad de San Antonio Oeste



