Luego de la aprobación unánime del Comité de Crisis en el día de ayer de adherir al decreto provincial que habilita nuevas actividades en la localidad; el Municipio emitió la resolución correspondiente en la que se establecen días y horarios de funcionamiento. La apertura de cada comercio deberá aguardar la notificación que se efectuará a cada local, en la que se informarán y explicarán los protocolos sanitarios para cada rubro.

Los comercios minoristas y mayoristas de venta de productos “no esenciales”, podrán abrir sus puertas para atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 9 a 13 horas. No podrán atender el resto de los días de la semana ni feriados.
Los centros de belleza, estética, peluquerías y barberías podrán abrir sus puertas para atención al público los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14:00 a 19:00 hs. No podrán atender el resto de los días ni los días de la semana ni feriados. La atención deberá ser por “turnos” los cuales serán pautados previamente por teléfono para evitar la espera. Tanto el comerciante como los clientes deben asistir y permanecer durante su atención con tapabocas de manera obligatoria. No está permitido atender personas del grupo de riesgo: embarazadas, niños menores de un año, adultos mayores o personas con enfermedades preexistentes.
En cuanto a las capacidades máximas de atención al público o servicio a clientes, la Municipalidad de Fernández Oro estipula un máximo de dos (2) personas pertenecientes al comercio y dos (2) clientes; excepto en los locales menores a 10 mts2 de superficie donde la permanencia máxima no podrá exceder de una (1) persona perteneciente al comercio y un (1) cliente.
Se incluye en esta lista de nuevas actividades, el servicio de “lavaderos de autos”, considerados de importancia en este contexto en que la limpieza y desinfección vehicular de particulares y de vehículos oficiales, constituye un elemento más de protección sanitaria. En ese sentido, podrán atender al público de 9 a 19 horas de lunes a sábados y de 9 a 15 horas los días domingos.
Cada comercio recibirá una notificación desde el Departamento de Comercio y Bromatología que habilita su apertura junto al protocolo sanitario a respetar.
Otra de las actividades habilitadas a partir de hoy es la de “jardineros y parquistas”. Este servicio podrá ser prestado los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 14 a 19 horas y podrán iniciar sus actividades a partir de la fecha de hoy.
Por último, la cuarta actividad habilitada es el servicio doméstico de trabajadoras/es adheridos al Régimen de Personal de Casas Particulares. En este caso, se prevé que el empleado/a pueda prestar tareas de lunes a viernes entre las 9:00 y las 13:00 hs. con un máximo de 2 días por empleador. No podrán prestar servicios el resto de los días, ni los días de la semana ni feriados.
¿QUÉ NECESITO PARA PODER DESPLAZARME HACIA MI PUESTO DE TRABAJO?
Las personas que se desplacen con motivo de trabajo por estas actividades deberán contar obligatoriamente con la autorización para circular que emita el Gobierno Provincial, la que deberá tramitarse mediante la aplicación móvil “Circulación RN”. En el caso de los empleados que deban prestar servicios en dichas actividades deberán contar además con el certificado confeccionado por su empleador.
Fuente: Prensa Municipalidad de Fernández Oro



