La Municipalidad de Cinco Saltos habilitó a través de la Resolución Municipal N° 321/2020 la apertura de locales de comidas rápidas (no carritos), restaurantes, bares, restobares y heladerías, debidamente habilitados, quienes podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario (delivery), como así también utilizando la modalidad retiro en el local o Take Away.
En todos estos casos, el horario para retiro de productos del local de las rotiserías, comidas preparadas y locales de comidas rápidas (no Carritos) restaurantes, bares, restobares y heladerías se realizará de 11:30 a 14:00 y de 19:30 a 21:00 de lunes a sábados, exceptuándose domingos y feriados, manteniéndose la franja horaria del delivery hasta las 23:00 hs.
Se dispone que las rotiserías, locales de comida preparadas y locales de comidas rápidas (no se incluye carritos), restaurantes, bares, restobares, y heladerías; podrán vender sus productos con reparto a domicilio o retiro en el local de venta.
Horarios: de 11:30 a 14:00 y de 19:30 a 21:00 de lunes a sábados, exceptuándose domingos y feriados, manteniéndose la franja horaria del delibery hasta las 23:00 hs.
Los comercios deben a sus clientes el uso de tapabocas, caso contrario NO se debe entregar el producto; mantener las estrictas medidas de higiene del local y dotar al personal de los elementos sanitarios correspondientes.
¿Cómo es la modalidad de venta de acuerdo a la nueva Resolución?
Por razones sanitarias y preventivas, los establecimientos contenidos en el artículo 1°de la presente, deberán:
- A) Evitar la concentración de clientes y en la medida de lo posible el ingreso de los mismos al local e implementando sistemas de pedidos.
- B) Exigir al cliente el uso del barbijo, caso contrario no se les entregara el producto.
- C) Respetar el distanciamiento social obligatorio de al menos un metro y medio (1.5 m) entre cada una de las personas no pudiendo haber en el interior del local más de un cliente en 10 m2.
- D) El uso del barbijo o protector facial, incluidos los de fabricación personal, deberá ser requerido al ingreso de cada uno de los clientes.
- E) Deberá haber en el ingreso al local un trapo para el piso embebido en lavandina a los fines el cliente pueda allí limpiar la suela de su calzado antes del ingreso.
- F) Estas medidas deberán ser supervisadas por los empleados y propietario/s de los locales; tanto empleados, propietarios y clientes deberán poseer Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19.
Fuente: Prensa Municipio de Cinco Saltos



