La municipalidad de Cinco Saltos, a través de la Resolución Municipal N° 557/20, adhiere al Decreto Nacional N° 641/20 y en consecuencia establece la prohibición de reuniones sociales o familiares en domicilios sin importar el número de concurrentes. A su vez prohíbe la realización de eventos culturales, recreativos, políticos y todos aquellos que impliquen la aglomeración de personas.

El ingreso a la ciudad solo estará permitido para aquellas personas que residan en la localidad y que cuenten con el certificado único habilitante de circulación.
Cabe destacar que el imcumplimiento de esta norma implicará las sanciones correspondientes establecidas en los artículos N° 205 y 239 del Código Penal además de las multas correspondientes a la aplicación de la normativa municipal que sanciona dichas conductas.
Seamos responsables, sigamos cuidándonos

Se restringuen las reuniones Sociales hasta el 16 agosto
Se adhiere al decreto 641-20 del Poder Ejecutivo Nacional
Se mantienen las medidas de distanciamiento social hasta el 16 de agosto
Sólo podrán ingresar a la ciudad quienes tengas en CERTIFICADO ÚNICO HABILITANTE DE CIRCULACIÓN
Se prohíbe la realización de reuniones sociales, culturales, deportivas, políicas, recreativas; tanto en ámbitos privados como públicos.
Obligatorio el uso de tapabocas y mantener distanciamiento social.
RESOLUCION 557-20
Fuente: Prensa Municipalidad de Cinco Saltos



