Cláusula 124 de la Constitución Nacional – Dominio de los Recursos Naturales

La Constitución Nacional establece que las Provincias administren sus recursos naturales y es en este sentido que el legislador Sebastián Caldiero apunta al vencimiento de los contratos por 30 años, concediendo derechos para la administración de las represas que están sobre el Limay y el Neuquén, firmados por el ex Presidente Carlos Menem en el año 1993 y que entran en etapa de vencimiento.

El legislador trazó un paralelo con lo ocurrido con los hidrocarburos, los que luego de la puesta en vigencia de la Constitución del 94, a lo que se sumó la llamada “Ley Corta” de Néstor Kirchner, mediante lo cual se le transfirió a las Provincias la administración de todos sus recursos naturales permitiendo de ese modo las renegociaciones de los años 2014 y 2015.

Por encima del antecedente que habilita este reclamo, Caldiero pondera la potestad para definir el destino del agua de las represas que mayoritariamente se utiliza para generar energía, que se consume mayoritariamente en Buenos Aires y en menor cuantía para consumo humano y agrícola y en ese marco subrayó el conflicto que se originó en el corriente año, 13º de crisis hídrica, en el que hizo falta mas agua para riego en el Alto Valle.

Para finalizar expresó “la generación de electricidad es un negocio en la Argentina mas o menos rentable, pero en definitiva es un negocio”, agregó que “hasta ahora, solo participamos con las regalías que son del 12% y cobramos la mitad cada una de las provincias de Neuquén y Río Negro”, y en tono taxativo expresó, “no participamos de la renta o eventualmente del canon que debe pagar una concesionaria”.

Fuente: Prensa Bloque de Legisladores