Condena por abigeato

Villa Regina – En el marco de un acuerdo pleno al que arribaron la fiscalía y la defensa penal pública, y para lo cual prestó conformidad la víctima, se condenó hoy a un hombre de 23 años por el delito de abigeato, hecho ocurrido el 19 de abril pasado en la Isla N° 78 de Valle Azul.

Según el acuerdo homologado por el Juez interviniente, en la sentencia se indica que el hombre deberá cumplir 3 años de prisión condicional y además deberá fijar y mantener domicilio, presentarse en el Instituto de Presos y Liberados de su provincia de origen y donde se mudará de inmediato, abstenerse de abusar de bebidas alcohólicas tampoco consumir estupefacientes.

Rige sobre el sujeto una prohibición de acercamiento a la chacra donde ocurrieron los hechos investigados y tampoco puede tomar contacto con el denunciante.

Entre la evidencia presentada se encuentra la denuncia del damnificado, entrevistas realizadas, el acta de procedimiento policial realizado por personal de la Unidad 58 y la intervención de la Brigada Rural. Además el reporte del Gabinete de Criminalística, donde se incluyen fotografías del animal faenado.

Tras ser consultado -como prevé este instituto- por el juez interviniente, el imputado se declaró autor y responsable del hecho, y aceptó la pena y las reglas de conducta a cumplir.

 

Las partes renunciaron a los plazos procesales, razón por la cual la condena comenzó a ser cumplida desde hoy.

Hecho y calificación legal por la que fue condenado

El hecho, por el que formularon cargos oportunamente el 21 de abril y fue condenó hoy, “ocurrió el 19 del mismo mes de 2024, en la Isla N° 78 de Valle Azul, cuando el condenado ingresó con otras personas a la propiedad del denunciante y faenaron a un animal raza “Hereford Pampa Colorado” de 150 kilos aproximadamente. Luego, dejaron restos del cuerpo, la cabeza y el espinazo de la vaca y se retiraron con la carne y las víceras”, explicó el fiscal adjunto en la audiencia celebrada este mediodía en Villa Regina.

 

La calificación legal es la de “abigeato”, según los Artículos 167 ter, primer párrafo, y 45 del Código Penal.

Ministerio Público Fiscal / Villa Regina