Drones del Estado neuquino deberán operar con licencia de la ANAC

Neuquén será la primer provincia del país en adherir a la normativa de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y exigir autorización y licencia para el uso y manejo de drones en organismos y dependencias estatales. Así lo dispone un proyecto de ley presentado por el bloque de diputados del MPN que establece que cualquier Vehículo Aéreo no Tripulado o piloteados a distancia que efectúe tareas para el propio Estado provincial cuente con la debida autorización expedida por la ANAC. De igual modo, el usuario a cargo de su operación tendrá que solicitar una licencia ante el organismo nacional para pilotearlo.

Para ello, la iniciativa adhiere a la Resolución mediante la cual se aprueba el Reglamento Provisional de los Vehículos Aéreos no Tripulados (VANT). Cabe señalar que la ANAC es el organismo responsable de regular y fiscalizar las operaciones aéreas que se realicen con VANT en el territorio nacional, sus aguas jurisdiccionales, el espacio aéreo que lo cubre y los espacios aéreos extraterritoriales que se encuentran bajo jurisdicción de nuestro país.

A nivel nacional, la ANAC emitió en 2015 la Resolución N° 527/2015 para comenzar a regularizar el uso de drones tanto para su uso recreativo como también para su implementación en emprendimientos privados u organismos públicos que utilicen su tecnología y versatilidad para trabajos específicos. Es por ello que la normativa fija procedimientos, restricciones, determina modelos, modalidades de uso y crea un registro para su control y comienza a exigir la tramitación de licencias para su uso.

En ese sentido, la resolución indica que el uso y la operación de los vehículos aéreos no tripulados deben realizarse sólo dentro de los espacios aéreos delimitados y autorizados por la propia ANAC. Para ello, deja taxativamente prohibido su uso en espacios aéreos controlados, corredores visuales y helicorredores; áreas sensibles al ruido y sendas de aproximación o de despegue de un aeródromo, entre otras, salvo que se expidan permisos especiales.

A nivel provincial, la aplicación de la norma sólo se circunscribe al ámbito estatal e invita a adherir a municipios de 1° categoría. No obstante, es necesario resaltar que a partir de la resolución de la ANAC se trabaja en la sanción de una norma a nivel nacional que permita regular su uso en todo el país y que también alcance a particulares y a su uso recreativo.

La resolución de la ANAC dispone que sólo mayores de 18 años de edad o menores de 16 años que puedan acreditar la supervisión directa de un mayor de edad puedan acceder a una licencia para operar un drone.

También establece un tope de elevación máximo de 122 metros para su uso, restringe su uso en áreas cercanas a aeropuertos, puntos ecológicos o sendas de aeródromos y prohíbe ser manipulado para capturar imágenes u observar a terceras personas sin consentimiento previo y circunscribe su vuelo sólo en horarios diurnos y con buenas condiciones de visibilidad.

Cada propietario u operador tendrá que contratar un seguro de responsabilidad por los daños a terceros que pudiera ocasionar su operación y contar con un manual de operaciones y un sistema de gestión de riesgos adecuado que garanticen su seguridad y eficacia.

Los vehículos aéreos pilotados a distancia y los sistemas de vehículos aéreos pilotados a distancia deberán inscribirse en un registro especial, que será organizado y administrado por el Registro Nacional de Aeronaves y deberán llevar una placa de identificación inalterable fijada a su estructura, así como la identificación individual en el control de mando.

En sus fundamentos, el proyecto informa que desde el año 2015 la ANAC estableció un Reglamento provisional de los vehículos aéreos no tripulados con la finalidad de establecer un marco normativo que regule el uso responsable de las nuevas tecnologías en materia de vehículos aéreos no tripulados (VANT) y que por ello resulta fundamental en los tiempos actuales intervenir en la elaboración de proyectos normativos vinculados a la utilización de aparatos tecnológicos pilotados a distancia y sistemas de aeronaves no tripuladas en el espacio aéreo, dentro de un marco compatible con el normal desarrollo de la vida de la comunidad y de protección del medio ambiente, adoptando las medidas de control necesarias para optimizar la seguridad de los vuelos y aplicando las sanciones correspondientes; disponer la habilitación, fiscalización y registro de licencia y certificaciones del personal de servicios aeronáuticos, de material aeronáutico, de aeronaves y operaciones de aeronaves.

Fuente: Equipo Prensa @DiputadosMPN