Mediante resolución 8837/21 el Juzgado de Faltas N°2, a cargo de Nicolás Vidondo, resolvió sobre la clausura preventiva realizada por la subsecretaria de comercio municipal a una cerveceria de Las Grutas, estableciendo una multa económica y plazo de clausura.
De acuerdo al texto del documento elaborado tras el análisis del acta de infracción y el descargo del infractor, se expidió la resolución:
“Condenar en la presente causa al pago de Pesos Ciento Cincuenta Mil (150.000), en concepto de multa por Infracción al Decreto Municipal N° 437/2020, a la Resolución N° 232 del Ministerio de Salud de la Provincia de Rio Negro, y a los artículos 52° y 92° del Código de Faltas Municipal, en el plazo de diez (10) días de notificado de la presente y bajo apercibimiento de remitir las presentes actuaciones a la Asesoría Legal Municipal para su cobro por Vía Judicial.
Imponer la pena accesoria de clausura por el termino de tres (3) días, la que deberá compensarse con el plazo transcurrido desde la clausura preventiva aplicada, conforme art.20° Código de Faltas Municipal
Ordenar a la Subsecretaria de Control Comercial el control del cumplimiento de las penas impuestas en la presente.
Suspender la certificación de libre deuda municipal hasta tano abone la totalidad del monto de la multa impuesta”.
Fuente: Prensa Municipalidad de San Antonio Oeste