Hoy entra en vigencia la extensión horaria en el ejido San Antonio

Mediante el decreto N°1384/2020 se dispone la extensión de los horarios de las actividades abajo detalladas desde el día 04 de diciembre de 2020 hasta el  01 de marzo de 2021, de lunes a lunes:

?️ACTIVIDADES ESENCIALES Y NO ESENCIALES, enmarcadas en las Resoluciones emanadas de la Subsecretaria de Control Comercial, abrirán sus puertas para la atención al público de lunes a domingo de 08 a 5:30 hs.

Con limitación de venta de bebidas alcohólicas hasta las 00:00 hs, según Ordenanza Municipal N° 4134/2012 y su Decreto Reglamentario N° 2073/2012.

?️GIMNASIOS: Con los protocolos y declaraciones juradas ya suscriptas por los responsables de cada recinto, en horario de 06:00 a 00:00 horas.

?️BARES, RESTAURANTES, CAFÉS Y CONFITERÍAS. Podrán abrir sus puertas para atención al público desde las 08 hasta las 5:30 horas.

?️DELIVERY- TAKE AWAY. Por Resolución Administrativa de la Subsecretaria de Control Comercial N ° 28/2020, se autorizan a funcionar a los rubros mentados  de 08:00 hasta las 02:00 horas.

?️ESTACIONES DE SERVICIO.

Expendio de combustible todos los días sin restricción horaria. Minishop y snack  interno, podrán atender al público de 08 a 5:30 horas.

En la normativa se establecer, una sanción de multa de $ 30.000 pesos hasta $150.000 pesos en caso de incumplimiento del protocolo por toda persona física o jurídica y/o establecimiento comercial, que no acatare o manifestare resistencia a las disposiciones, ordenes, instrucciones o protocolos emitidos por el Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro en el marco de la emergencia sanitaria y del Intendente municipal, siendo autoridad de aplicación el Juzgado de Faltas N°2 de San Antonio Oeste.

El decreto fue suscripto por el Secretario de Gobierno en cumplimiento del decreto 1371/2020, que tiene su sustento en el Art. 79 de la Carta Orgánica Municipal; y  refrendado por el Subsecretario de Control Comercial Municipal.

Fuente: Prensa Municipalidad de San Antonio Oeste