La demanda contra Justin Bieber continúa en Cipolletti: fallo confirma la sentencia.

La adolescente que en 2013 asistió al frustrado recital de Justin Bieber adquirió las entradas en una plataforma digital, desde su casa en Cipolletti. Con ese argumento, la Cámara de Apelaciones confirmó que la demanda continúa en Río Negro, donde tiene domicilio la consumidora. Las empresas sancionadas alegaron que el lugar de ejecución del concierto se encontraba en Buenos Aires.

La fan de Justin Bieber será compensada económicamente debido al concierto fallido del cantante en el estadio River Plate de Buenos Aires. Bieber no pudo completar su actuación por un malestar físico, y aunque presentó un certificado médico que justificaba su intoxicación, la sentencia de primera instancia responsabilizó a la organizadora del evento y a la empresa vendedora de las entradas.

El incidente ocurrió durante la visita de Bieber a Argentina en 2013, cuando tuvo que retirarse del escenario tras 40 minutos de actuación por una intoxicación severa, lo que también llevó a la cancelación de sus siguientes presentaciones. La noche anterior, Bieber se había visto involucrado en un altercado en un club nocturno en Palermo.

Cinco años después, la joven que en ese entonces era una adolescente, presentó una demanda civil debido a la frustración ocasionada por el evento. La demanda enfrentó varios obstáculos, incluyendo un cambio de abogados y la distancia con las empresas demandadas, que se encuentran en Buenos Aires. La transición del expediente al formato digital permitió completar las pruebas y llegar a una sentencia.

La joven y su madre, quienes viajaron desde Cipolletti para asistir al concierto, regresaron decepcionadas después de solo cuarenta minutos de espectáculo. Las empresas Feg Entretenimientos S.A., organizadora del evento, y Mibles S.A., vendedora de las entradas, nunca ofrecieron un reembolso.

Las firmas argumentaron que el concierto se llevó a cabo y que participaron otros artistas, aunque la estrella principal era Justin Bieber.

El fallo, basado en la Ley de Defensa del Consumidor, obligó a las empresas a indemnizar a la joven y a su madre, cubriendo el costo de las entradas, los vuelos y el cincuenta por ciento del alojamiento, además de una compensación por daño moral. La sentencia destacó que la ejecución deficiente del concierto por parte de Bieber constituye un incumplimiento de la oferta al consumidor, y que la cancelación por problemas de salud del artista no es un evento imprevisible o inevitable. En ese caso debió haberse ofrecido una reprogramación o un reembolso.

Las empresas apelaron el fallo de primera instancia y las actuaciones fueron revisadas por la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Cipolletti.

La damnificada argumentó que compró las entradas en el sitio web de Topshow y que lo hizo desde su domicilio. Las firmas demandadas presentaron una excepción de incompetencia, alegando que el lugar de ejecución del concierto y su domicilio se encontraban en Buenos Aires, no en Río Negro.

Esta excepción fue desestimada en primera instancia. En ese momento se consideró que, al tratarse de una relación de consumo, la competencia territorial podía estar en el domicilio de la consumidora.

Las demandadas apelaron esta decisión, pero la Cámara Civil confirmó el fallo de primera instancia, basándose en los principios de protección al consumidor y acceso a la justicia. El tribunal concluyó que la excepción de incompetencia no era válida, dado que el contrato de consumo y la relación jurídica se habían establecido a través de una plataforma digital desde el domicilio de la joven.

Fuente: Prensa Comunicación Judicial RN