General Roca.-En virtud de la detección de pegatinas y afiches en espacios públicos por parte del Parque de Diversiones Dany Juegos, en lugares no permitidos, se labraron Actas de Infracción que fueron derivadas al Juzgado de Faltas para la aplicación de las disposiciones vigentes.
Se recuerda que el Código de Publicidad implementado por el municipio, prohíbe realizar pegatinas o colocar afiches sobre postes municipales, semáforos, etc., según indica la Ordenanza Nº 4718/13 en el Capítulo V de las prohibiciones para todo tipo de publicidad. Específicamente en el Art. 35° se prohíbe ” la colocación de elementos publicitarios sobre propiedades o bienes destinados a cumplir un servicio público o aquellos de dominio público, en especial las aceras, plazas, parques, paseos, balnearios públicos creados y a crearse, calzadas y vía pública en general.
Además la Ordenanza de Protección al Patrimonio Municipal, Ordenanza 4696/13, estipula que los responsables de realizar conductas vandálicas, agresivas o negligentes en el uso de bienes de dominio municipal deberán afrontar el costo de reparación y/o reposición del bien dañado más una multa que tipificara el Juez de Faltas Municipal. Las multas previstas para este tipo de faltas oscilan entre 100 USAM a 500 USAM, siendo el valor más alto a aplicar de $ 8.750, considerando los antecedentes del infractor y las circunstancias en cada caso en concreto, con la obligación de reparar el bien y retirar los afiches y/o pegatina por parte del infractor responsable.-
Fuente: Prensa Municipalidad de General Roca