Habiéndose obtenido sentencia favorable en el Juzgado Federal de Bariloche respecto de los amparos presentados oportunamente por la actual Senadora Magdalena Odarda y la militante ambientalista Ana Wieman, así como por la Defensoría del Pueblo de Río Negro, (Exptes. FGR 41018167/2011; 10219/2017; y FGR 40664/2018), la Senadora valoró que, finalmente, la Justicia terminó haciendo lugar al planteo de los amparistas en defensa del ambiente sano y limpio, así como de la protección de los derechos de todos los barilochenses a disponer de agua potable.

Luego de más de 8 años de extensos procedimientos, finalmente la justicia Federal condenó a la PROVINCIA DE RIO NEGRO y al DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS (DPA) a procurar la finalización y puesta en funcionamiento del “Segundo Módulo de la Planta Depuradora” y de las denominadas “Obras Complementarias” faltantes -tendientes a afrontar la transición hasta la culminación del segundo módulo y del nuevo colector costanero-, “dentro del plazo de un año computable desde el momento en que la presente sentencia adquiera firmeza y ello bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de imponerles astreintes (multas diarias) proporcionales al costo de las referenciadas obras”.

A su vez, la sentencia condena a la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES a procurar la finalización y puesta en funcionamiento del “Segundo Módulo de la Planta Depuradora” y de las denominadas “Obras Complementarias” faltantes -tendientes a afrontar la transición hasta la culminación del segundo módulo y del nuevo colector costanero-, en el marco de las competencias determinadas por la ley 22.351, dentro del plazo de un año computable desde el momento en que la presente sentencia adquiera firmeza y ello bajo apercibimiento de lo que en derecho corresponda.
Por su parte, la resolución del Juez Moldes condena también al DEPARTAMENTO PROVINCIAL DE AGUAS (DPA) a efectuar un relevamiento de las conexiones domiciliarias a la red cloacal existentes en la zona correspondiente al Barrio Melipal de Bariloche, tendiente a verificar el estado de las mismas y la existencia de conexiones indebidas a la red.
En una extensa resolución, que involucra más de 37 páginas, el Juzgado también condena a la MUNICIPALIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE a la realización de medidas pertinentes y útiles para resguardar el estado de las conexiones cloacales en el ámbito de lo que resulte competente, a la vez que rechaza la demanda contra de la COOPERATIVA DE ELECTRICIDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE LTA.
Fuente: Prensa Senadora Magdalena Odarda Partido RÍO



