Jorge Ocampos y Daniela Agostino solicitaron al Senado de la Nación que dé tratamiento al proyecto de Ley de “Banco de Alimentos”, modificando el artículo 9º de la Ley Nacional Nº 25.989.
Explicaron que la Ley mencionada fue promulgada en el año 2004, creando el Régimen Especial para la Donación de Alimentos en Buen Estado (DONAL), con el objeto de contribuir a satisfacer las necesidades alimentarias de la población económicamente más vulnerable.
La Ley regula la forma en que empresas privadas tienen la posibilidad de donar alimentos en buen estado y que estén próximos a su vencimiento, a instituciones privadas o públicas para que sean aprovechadas por los sectores más vulnerables.
Ocampos mencionó que el artículo 9º que se pretende modificar, establecía que, una vez entregadas al donatario los alimentos donados en las condiciones exigidas, el donante quedaba liberado de responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran producirse con ellas o por el riesgo de las mismas, salvo que se tratare de hechos u omisiones que degeneren en delitos de derecho criminal. Dicho artículo fue vetado por el Poder Ejecutivo de entonces.
El año pasado, a partir de una iniciativa de la Dra. Elisa Carrió se buscó modificar y reflotar el artículo 9° de ley en cuestión. En julio del corriente año el proyecto volvió al Senado en busca de avanzar con las modificaciones y de esta manera, a la empresa o institución donante sólo se le podría reclamar de forma civil y penal por los posibles daños que sean ocasionados por la mercadería cuando se pruebe culpa o dolo, pero hasta el momento de la donación, y no posteriormente.
“El problema era que los donantes eran responsables también de la fecha posterior. Es decir, si la empresa entregaba la mercadería dos meses antes (de su vencimiento) y se repartía cinco meses después o en la casa se usaba cinco meses después, tenía responsabilidad”, explicaba Elisa Carrió al presentar la iniciativa.
Ocampos lamentó que “tal como alertara Carrió, por esta situación se pierden 16 millones de toneladas de alimentos por año en Argentina; alimentos no vencidos que se pueden entregar con todos los controles bromatológicos”.
Aclaró que “de ninguna manera se habilita la donación de mercadería vencida o en mal estado, lo que hace es no adjudicar responsabilidad al donante por demoras en la distribución o el consumo”.
“El proyecto modificado se encuentra en la Cámara Alta por lo que se hace necesario promover y acelerar su tratamiento y sanción”, consideró finalmente Jorge Ocampos.
Fuente: Prensa Bloque CC-ARI Cambiemos