Adhiriendo a la Resolución 2956 del Ministerio de Salud de la provincia de Río Negro, el Municipio de Roca dispuso mediante Resolución 1058, las medidas que regularán a partir del día de hoy, el aislamiento social, preventivo y obligatorio vigente en la ciudad.
- A) Para los rubros no esenciales se establecen esquemas de circulación pública de acuerdo a la terminación del DNI de los ciudadanos, de manera que los días con fecha par podrán circular números con terminación par, y los días con fecha impar los números con terminación impar. En ningún caso los comercios podrán atender los días domingo ni feriados:
– Comercios mayoristas y minoristas de productos no esenciales: Podrán brindar atención al público de lunes a sábado, de 9 a 13 hs y de 15 a 19 hs.
– Centros de belleza y estética, peluquerías y barberías: Podrán brindar atención al público de lunes a sábado, de 10 a 18 hs.
- B) Para los rubros esenciales no rige el sistema de terminación de DNI:
– Hipermercados, supermercados y autoservicos: Deberán cesar la atención al público a las 19hs, con cierre del comercio los días domingos.
-Almacenes, despensas, kioscos, verdulerias, ferreterias, venta y distribución de bebidas y otros: Deberán cesar la atención al público a las 19 hs.
- C) Obra privada: con un máximo de hasta cinco obreros por obra, uno cada 70m2, más el director de obra y representante técnico. Sujeta a la implementación y cumplimiento de los protocolos sanitarios.
- d) Profesiones liberales: podrán brindar atención al público de lunes a sábado, de 9 a 17 hs. En todos los casos deberá acordarse previamente el turno respectivo, permitiéndose la atención de 1 cliente/paciente por hora.
- E) Personal de casas particulares o servicio doméstico: podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19 hs, en un máximo de hasta 8 horas diarias, acordadas en forma particular con el empleador, no pudiendo prestar servicios el resto de los días de la semana ni feriados
- F) Trabajadores jardineros y parquistas: Podrán prestar tareas de lunes a sábado, de 9 a 19 horas.
- G) Establecimiento de venta de comida elaborada: De 9 hs a 23 hs. para el rubro de comidas rápidas, confiterías y heladerías con retiro en ventanilla y delivery, (solo para comidas y bebidos sin alcohol). De 10 hs a 19 hs el expendio de bebidas alcohólicas (cervecerías, vinerías) por ventanilla y delivery.
Fuente: Prensa Municipio de Roca



